Medidas provisionales
Las medidas provisionales en un procedimiento de familia intentan regular la situación desde la presentación de la demanda de divorcio hasta que exista sentencia definitiva y ésta sea firme.
Durante todo este período de tiempo, a menudo perjudicial para los intereses de ambas partes, pueden surgir una serie de cuestiones como, ¿Qué ocurre con los niños? ¿Qué ocurre con el domicilio conyugal? ¿Cuándo podrá ver a sus hijos el padre? ¿Qué régimen de visitas tendrá? ¿Qué pensión de alimentos debe abonar?
Todas estas cuestiones quedarán resueltas en la sentencia de divorcio, pero son extremos que no pueden esperar a resolverse hasta entonces, ya que regular estas situaciones lo antes posible debe ser prioritario para la aplicación del principio del interés superior del menor, el cual impera en cualquier procedimiento de familia.
Para remediar esta situación la ley prevé la solicitud de medidas provisionales que darán respuesta a todas estas preguntas y que estarán vigentes hasta la sentencia definitiva de divorcio que las ratificará o modificará.