Desheredamiento

Es posible desheredar, sí, pero con matices. En Cataluña existe la posibilidad de desheredar cuando se dé una causa justificada.

¿Qué causas hay de desheredación?

Causas de indignidad.

– Sentencia firme por haber matado dolosamente al causante, cónyuge o algún ascendiente o descendiente.

– Sentencia firme por cometer delitos graves, contra la libertad, torturas, integridad moral o indemnidad sexual.

– Sentencia firme por haber calumniado al causante.

– Sentencia firme por falso testigo contra el causante.

– Sentencia firme contra los derechos y deberes familiares.

– Inducir de forma maliciosa al causante a otorgar, revocar o modificar un testamento.

– Destruir, esconder o alterar el testamento.

Causas de desheredamiento.

– Negar alimentos.

– Maltrato grave al testador o familiares.

– Suspensión de la patria potestad.

– Ausencia manifiesta y continuada de relación familiar, por causa exclusivamente imputable al legitimario.

Cumpliéndose uno de estos motivos podría procederse a la desheredación, pero hay que tener en cuenta que en Cataluña, los únicos legitimados son los hijos y, si no, los padres. De ahí que éstos sean los únicos a quienes es posible desheredar.


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