División de la cosa común
Una de las principales preocupaciones a la hora de resolver las consecuencias de un divorcio o una separación es cómo proceder con las propiedades que tienen compartidas. También podemos encontrarnos en esta situación cuando se trata de poner fin a una situación de copropiedad derivada de una herencia o, incluso, en una relación empresarial entre socios.
Para proceder a la división de lo común, los copropietarios tienen la opción de hacerlo de común acuerdo, que siempre será el más recomendable, o acudiendo a la vía judicial. El procedimiento judicial se iniciará con una demanda solicitando la acción del común dirigido al otro copropietario donde, si la cosa fuese divisible, se realizará una división material adjudicando partes o porciones a cada copropietario mientras que, si fuera indivisible o si su valor resultara gravemente mermado, se efectuará una división económica.
Esta división se podrá realizar mediante la venta y el reparto del montante económico o bien adjudicando la cosa a uno de los copropietarios y que sea éste quien indemnice a los demás en función de sus cuotas respectivas.