División de la cosa común

Una de las principales preocupaciones a la hora de resolver las consecuencias de un divorcio o una separación es cómo proceder con las propiedades que tienen compartidas. También podemos encontrarnos en esta situación cuando se trata de poner fin a una situación de copropiedad derivada de una herencia o, incluso, en una relación empresarial entre socios. ​

Para proceder a la división de lo común, los copropietarios tienen la opción de hacerlo de común acuerdo, que siempre será el más recomendable, o acudiendo a la vía judicial.​ El procedimiento judicial se iniciará con una demanda solicitando la acción del común dirigido al otro copropietario donde, si la cosa fuese divisible, se realizará una división material adjudicando partes o porciones a cada copropietario mientras que, si fuera indivisible o si su valor resultara gravemente mermado, se efectuará una división económica.

Esta división se podrá realizar mediante la venta y el reparto del montante económico o bien adjudicando la cosa a uno de los copropietarios y que sea éste quien indemnice a los demás en función de sus cuotas respectivas.


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