Divorcios y separaciones
Para iniciar un procedimiento de separación o divorcio el único requisito legal exigido es que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.
La diferencia entre separación y divorcio es muy importante por las consecuencias jurídicas que se derivan de cada procedimiento. La separación implica el cese efectivo de la convivencia de ambos cónyuges reconocida legalmente, mientras que el divorcio supone un paso más: la disolución del enlace matrimonial.
También es cierto que tienen puntos en común, dado que en ambos casos el fin de la relación genera consecuencias patrimoniales y personales: medidas económicas, medidas de guarda y custodia de hijos menores del matrimonio.
Para iniciar un procedimiento de divorcio o separación será necesario interponer una demanda ante el Juzgado del último domicilio conyugal . Esta demanda podrá ser de mutuo acuerdo o sin acuerdo (contenciosa) y en ella será necesario satisfacer los requisitos legalmente establecidos.
– En el divorcio o separación contenciosa , el Juzgado, una vez reciba la demanda presentada por uno de los cónyuges, dará un plazo de 20 días al otro para que se efectúe la contestación a la misma. Posteriormente se celebrará una vista en la que el Juez, previo escuchar y examinar la documentación aportada por las partes, decidirá las medidas que regirán desde ese momento.
– Cuando exista acuerdo entre partes , simplemente se presentará una demanda conjunta en la que se establecerán las medidas que los cónyuges hayan pactado en forma de convenio regulador el que deberán ratificar posteriormente.