LOS ANIMALES YA NO SON “COSAS”: Consecuencias legales

LOS ANIMALES YA NO SON “COSAS”: Consecuencias legales

El pasado 5 de enero entró en vigor una triple reforma legal del Código Civil, de la Ley Hipotecaria y de la Ley de Enjuiciamiento Civil por la cual los animales de compañía pasan a ser considerados “seres vivos dotados de sensibilidad” y dejan de ser “cosas” a efectos jurídicos.

El origen de esta reforma está en una iniciativa legislativa popular impulsada por el Observatorio Justicia y Defensa Animal en el año 2015, que recogió más de 500.000 firmas para que los animales pasaran a ser considerados seres sintientes.

Esta modificación legal, afecta a la tenencia de animales de compañía y considera que deben ocupar un lugar en la familia como miembros legales de la misma. Pero, ¿qué consecuencias legales tiene esto?

En relación a las normas relativas a las crisis matrimoniales, por ejemplo, se introducen preceptos destinados a concretar el régimen de convivencia y cuidado de los animales de compañía. Así pues, en caso de separación de una pareja o un matrimonio, el juez tendrá que decidir el régimen de custodia, guardia o visitas tal y como ya lo hace con los hijos en común, atendiendo siempre al bienestar del animal. Además, si existiese una disputa económica entre ambos cónyuges, los animales no podrán ser ni embargables ni hipotecables ni mucho menos moneda de cambio, como venía siento habitual hasta día de hoy.

No es necesario recalcar que será obligatorio brindarles todos los cuidaos que necesiten y que, en caso de maltrato o abandono se podrá incurrir en un delito tipificado en el artículo 337 Código Penal castigado con una pena de prisión que puede llegar hasta un año.

En materia de sucesiones, podríamos plantearnos qué es lo que ocurre cuando el propietario de una mascota fallece sin fijar el destino del animal mediante testamento. La nueva modificación de la Ley prevé que hay hacer todo lo necesario para que el animal goce de un bienestar adecuado. Por tanto, deberá analizarse tanto el entorno del fallecido como el de los animales para procurarles un destino adecuado.

A día de hoy, lamentablemente, es posible encontrarse con animales perdidos o abandonados. Por desgracia, la mayoría de personas miran hacia otro lado y eluden la responsabilidad de procurar por el bienestar del animal. Pues bien, con la nueva modificación esto ha cambiado ya que, la ley exige que toda persona que se encuentre con un animal desamparado deberá hacer todo lo posible para que vuelva con su familia y, en caso de que no tenga propietario, se les entregará a las autoridades.

Finalmente, cuando se produzca un accidente de tráfico, tal y como ocurre con las personas, se deberá atender, socorrer o hacerse cargo del animal herido. De lo contrario, podríamos incurrir, incluso, en un delito de omisión del deber de socorro.

Desde VM ADVOCATS celebramos esta modificación y animamos a seguir desarrollando nuevas iniciativas legislativas que regulen el derecho del que deben gozar todos los animales en tanto que son seres vivos.

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