VIOLENCIA OBSTÉTRICA, cuando la violencia de género se silencia.
Hablar de violencia obstétrica es, sin duda, hablar de violencia de género pero ¿de qué se trata exactamente?
La violencia obstétrica se refiere a aquellas conductas realizadas por los profesionales de la salud a las mujeres durante el embarazo, el parto y el puerperio que pueden resultar como violentas tanto por acción como por omisión.
Se trata principalmente de actos no apropiados o no consentidos por las propias pacientes tales como las episiotomías sin consentimiento, intervenciones dolorosas sin analgésicos o la obligatoriedad de hacer dar a luz en posiciones antinaturales. La violencia obstétrica, de todos modos, no solamente puede ser física sino que también acostumbra a ser psicológica con acciones como infantilizar a la paciente al tratarla, despreciarla, humillarla o incluso vejarla.
Con este telón de fondo parece evidente que dichas acciones merecen un reproche penal pero, sin embargo, no existe en España artículo alguno que tipifique tales actos. De hecho es difícil encontrar una definición legal en cualquier rama del derecho de la misma. Además la mayoría de personas en nuestro país desconocen su existencia y lo que es aun peor, lo desconocen muchas mujeres que la han sufrido en sus propias carnes creyendo que dichas acciones son práctica habitual en los embarazos.
En marzo del año pasado, la ONU, puso rostro, por fin, a muchas mujeres que sufren tales actos en nuestro país a través del Comité de las Naciones unidas para la eliminación de la discriminación contra la mujer, resolviendo, después de una larga trayectoria inocua en la jurisdicción española, que una paciente gallega fue víctima de tales prácticas y que por tanto el Estado Español debía resarcirla por los daños causados, ya que estos fueron de gran envergadura no solo físicos sino también emocionales.
Otros países del mundo ya cuentan con una regulación que castiga la práctica de la violencia obstétrica y es cuestión de tiempo, un tiempo siempre insuficiente, que España proceda a su adecuada regulación porque parece evidente que dichas conductas, altamente lesivas, deben no solamente ser consideradas negligencia sino castigas con un reproche penal concreto. Existen organizaciones en España como el Observatorio de Violencia Obstétrica o el Parto es nuestro que velan y dan visibilidad a estas conductas y demuestran que el tiempo apremia en esta materia.
Cierto es que durante el parto pueden producirse cantidad de escenarios susceptibles de tener que tomar decisiones apresuradas y justificadas, pero, cuando existe la posibilidad de informar a la paciente, es requisito imprescindible hacerlo y, en caso contrario, se está cometiendo violencia. Violencia injustificada. Violencia de género. Violencia obstétrica.
Por ello y en caso de creer haber sufrido algún tipo de violencia por parte de los sanitarios médicos, no dude en ponerlo de manifiesto pues es la única forma de acabar o penalizar esta práctica abusiva.