EL DELITO DE HURTO: ¿Cómo se castiga?
Hace unos días se inundaban periódicos y telediarios de noticias acerca del aumento de robos y hurtos que se han producido en la ciudad de Barcelona y eso es debido a que se han disparado casi en el 50%. Esto es un problema principalmente para los ciudadanos que residen en la ciudad Condal, pero también para los turistas, ya que temen viajar y pasar sus vacaciones junto a su familia en un destino con un índice de delincuencia tan elevado.
Así las cosas, a uno le da por pensar: ¿Será que las penas no son suficientemente contundentes para evitar que se cometan este tipo de delitos?, ¿Funciona el aparato jurisdiccional tal y como debería?, ¿Conocen los delincuentes los puntos flacos de nuestro sistema y se aprovechan de ello?
El delito de hurto está encuadrado dentro de los delitos contra el patrimonio y se castiga con pena de prisión, que puede alcanzar hasta 3 años. La principal diferencia que tiene con el delito de robo es que en éste último debe darse o el empleo de fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran o el empleo de violencia o intimidación en las personas, mientras que para que se de el delito de hurto únicamente se exige la sustracción de una cosa mueble ajena sin la voluntad de su dueño.
Además, hay que saber que en atención al valor de lo sustraído, siempre y cuando no excediere de 400 euros, podemos encontrarnos ante un delito leve de hurto, donde se impondría una pena de multa (ya no cárcel) que iría de 1 a 3 meses y se sustanciará por los cauces del procedimiento por delitos leves en el Juzgado de Instrucción del lugar donde se haya producido el delito.
Este hecho propicia un cierto grado de inseguridad jurídica pues si bien es cierto que existe un control por parte del Estado, es más cierto que éste, sirve de salvoconducto a los delincuentes para asegurarse de que si los detienen, muy probablemente en poco tiempo los vuelvan a dejar en libertad y los castiguen con la imposición de una multa, que muy probablemente no puedan llegar a pagar debido a su insolvencia económica.
Para mayor abundamiento y volviendo al tema de Barcelona, los Juzgados solo tienen capacidad para enjuiciar 30 delitos leves de hurto al día, el resto quedan pendientes y embozan el servicio. Lo más alarmante es que el delito prescribe a los doce meses, con lo cual corremos el riesgo de que los delincuentes queden impunes por la incapacidad del sistema de juzgarles antes de que se cumpla un año desde la comisión de los hechos.
Con ese telón de fondo y aunque pueda parecer que la impunidad resalta por encima de la condena, lo cierto es que muchos de estos delitos si acaban condenándose y muchos de los perjudicados recuperando los bienes sustraídos. Por ello es necesario que, una vez hemos sido víctimas de una sustracción, lo pongamos en conocimiento de las autoridades para que estas, al ritmo que se les ajuste, persigan el delito con el fin de hacer justicia. Además, un correcto asesoramiento jurídico durante el procedimiento también resultará clave para la consecución de este fin.