Desheredamiento
Es posible desheredar, sí, pero con matices. En Cataluña existe la posibilidad de desheredar cuando se dé una causa justificada.
¿Qué causas hay de desheredación?
Causas de indignidad.
– Sentencia firme por haber matado dolosamente al causante, cónyuge o algún ascendiente o descendiente.
– Sentencia firme por cometer delitos graves, contra la libertad, torturas, integridad moral o indemnidad sexual.
– Sentencia firme por haber calumniado al causante.
– Sentencia firme por falso testigo contra el causante.
– Sentencia firme contra los derechos y deberes familiares.
– Inducir de forma maliciosa al causante a otorgar, revocar o modificar un testamento.
– Destruir, esconder o alterar el testamento.
Causas de desheredamiento.
– Negar alimentos.
– Maltrato grave al testador o familiares.
– Suspensión de la patria potestad.
– Ausencia manifiesta y continuada de relación familiar, por causa exclusivamente imputable al legitimario.
Cumpliéndose uno de estos motivos podría procederse a la desheredación, pero hay que tener en cuenta que en Cataluña, los únicos legitimados son los hijos y, si no, los padres. De ahí que éstos sean los únicos a quienes es posible desheredar.